REGLAMENTO INTERNO DE SOCIOS CLUB SOCIAL Y DEPORTIVO LOS DOMINICOS
Con objeto de poder realizar las actividades del Club en sus distintas modalidades, se hace necesario dotar al mismo de un reglamento interno en donde se estipulan de forma clara y sencilla aquellas cuestiones susceptibles de duda y que hasta la fecha no habían sido reguladas. El respeto mutuo entre todos los socios es la base fundamental para llevar a cabo con éxito cualquier actividad. Cada uno ha elegido ser socio del club de forma voluntaria y en base a esa voluntariedad se sabe conocedor del presente reglamento, el cual acata y firma su conformidad.
Todos los socios son iguales en derechos y deberes, independientemente del cargo, función o responsabilidad que ocasionalmente ocupen, por tanto nadie está legitimado, fuera de los cauces legales previstos y salvo lo dispuesto en los estatutos, para censurar o evaluar actuaciones privadas dentro de las actividades que se organicen desde el club.
El presente reglamento pretende crear un conjunto de normas, objetivos, funciones y criterios de funcionamiento del Club Social y deportivo Los Dominicos aplicando lo establecido en los Estatutos de la entidad y en el régimen jurídico correspondiente y actualmente en vigor.
La creación de un ambiente agradable y disciplinado dentro del Club nos permitirá un aumento satisfactorio en el desarrollo de las personas que componen el Colectivo, en su formación físico-deportiva, técnica y organizativa.
Corresponde al Club, a través de su Junta Directiva, resolver la interpretación y todas aquellas cuestiones que no se encuentren previstas en el presente Reglamento de Régimen Interno. El presente reglamento contiene las condiciones, requisitos y circunstancias en que se desarrollará la actividad del Club, en lo no previsto en sus Estatutos. Por otro lado, está sujeto a las modificaciones, rectificaciones o añadidos que aconsejen las circunstancias que se deriven de su puesta en funcionamiento, debiendo ser aprobados en estos casos por la Junta Directiva.
Por último el Club ha sido constituido como organización deportiva bajo la normativa del Instituto Nacional del Deporte, por lo que este reglamento no hará referencia a el funcionamiento que esta entidad sugiere en términos orgánica , directiva, y funcionamiento de la institución.
1 General:
Artículo 1.
El presente Reglamento de Régimen Interno tiene por objeto regular la organización y funcionamiento interno del Club Social y Deportivo Los Dominicos, dentro del marco constituido por la legislación deportiva vigente que le resulta de aplicación y con sujeción plena a lo establecido en sus Estatutos.
Artículo 2.
El presente Reglamento será de aplicación para todos los asociados, los cuales se comprometen a conocer, cumplir y hacer cumplir.
Derechos y Deberes Socios:
Artículo 3.
Los socios tienen derecho a:
- Contribuir y participar en todas las actividades organizadas por el club, o en las que éste participe como tal.
- Conocer las actividades del club y examinar la documentación, previa petición al Presidente.
- Beneficiarse de las actividades, eventos y convenios que ofrezca que serán oportunamente publicitadas. Estos beneficios son exclusivos de cada socio, no pudiendo cederlos a otro socio o cualquier otra persona
- Participar en todas las reuniones del club, excepto en aquellas en las que sólo participe la Junta Directiva, así como a exponer libremente su opinión en el seno del club.
Artículo 4.
Los socios del Club están obligados a:
- 1. Acatar los estatutos del Club y las disposiciones dictadas por la Junta Directiva para el correcto funcionamiento del Club.
- 2. Los socios deben aportar la cuota económica fijada por el Club. Para ayudar al desarrollo y correcto funcionamiento de sus actividades.
- 3. Deben colaborar con los representantes de la Junta Directiva en cuestiones puntuales y de apoyo a los socios.
- 4. Aceptaran y se harán cargo de las decisiones que tome la Junta Directiva, y valorarán la dificultad que tiene la misma para tomar decisiones complicadas.
- 5. Deben dar siempre una imagen del Club fiel y acorde con la realidad deportiva y económica, comprendiendo su problemática.
- 6. Defender los intereses del Club en todo momento, evitando siempre las discrepancias con el mismo fuera de las reuniones de la Junta Directiva o la Asamblea.
- 7. Contribuir al sostenimiento y difusión de cualquier expresión del deporte principal de este club: El Hockey en línea.
- 8. Colaborar activamente en la organización de las actividades oficiales del club, bien sean de carácter exclusivo de los socios o bien en las dirigidas para otro tipo de público.
- 9. Colaborar en aquellas iniciativas que tome el club para la recaudación de fondos.
- 10. Comunicar a la Junta Directiva cualquier cambio personal (teléfono, email, domicilio, etc.) que afecte a la comunicación entre el club y el socio.
Artículo 5.
Los socios asumen el compromiso de contribuir a la buena imagen del Club, así como del resto de colaboradores y patrocinadores que sustentan el Club, y no podrán actuar de forma que generen perjuicio, económico o de otro tipo, a los mismos, especialmente haciendo publicidad negativa.
Artículo 6.
Al objeto de contribuir al sostenimiento de los gastos del Club, la Junta Directiva establecerá una cuota de socio de $5000 pesos chilenos mensuales. Esta cuota social deberá ser pagada vía transferencia bancaria al número de cuenta facilitado por el club.
Artículo 7.
El no ingreso de la cuota implica que no podrá participar en los eventos que organice el club, ni beneficiarse de ventajas que el club pueda ofertar entre sus socios. La falta de ingreso de la citada cuota a lo largo de todo el periodo que comprende la temporada establecida anteriormente, será entendida como renuncia a la condición de socio y, por tanto, supondrá su baja en el Club.
Articulo 8.
El pago de la cuota incluye la tramitación de la licencia federativa a través de la FNHL casos excepcionales aprobados por la Junta Directiva.
Competencia:
Artículo 9.
El club nace con el propósito de incentivar la actividad del Hockey en línea tanto en instancias nacionales como Internacionales. Por este motivo siempre está abierto participar en toda competencia que garanticen la deportividad, el respeto y la camaradería. Estas instancias pueden ser sugeridas o propuestas por cualquier socio, pero deberán ser aprobadas por la Junta directiva.
Artículo 10.
Para eventos o competiciones aprobadas por la institución:
Podrán participar todos los socios activos, que no posean deudas a la institución. Los interesados en asistir deberán siempre registrarse como miembros del Equipo Club Social y Deportivo Los Dominicos, y conformar la delegación deportiva presente en competición.
El pago de la cuota establecida para poder participar en la prueba será responsabilidad de cada socio, esta deberá ser transferida al club, este realizará la inscripción de la nómina al organizador del evento.
Artículo 12.
Para eventos o competiciones fuera de la institución:
Los socios activos del club deberán informar su participación, teniendo en cuenta que esta puede estar sujeta a alguna observación, o reparo. Lo importante es que esta acción no entren en conflicto con otras competencias,
El club no será responsable por deudas o castigos deportivos que el jugador reciba mientras participa por fuera de la institucionalidad. A pesar de esto aún está sujeto al reglamento del club por lo que puede ser sancionado por el Comité de disciplina.
Es Importante destacar que todo socio siempre estará sujeto al reglamento disciplinario del club.
Artículo 11.
Todos los socios se comprometen a utilizar el equipamiento oficial del club en todas las competiciones y pruebas en las que se participe en su representación.
El socio tendrá prohibido el uso total o parcial del uniforme del club, en partidos, eventos o premiaciones que el club no tenga participación oficial.
Compromisos asumidos por el Club:
Articulo 13.
El Club podrá llegar a acuerdos con empresas o entidades al objeto de favorecer la adquisición de productos o la utilización de espacios o servicios a los miembros del Club. El contenido de estos acuerdos deberán hacerse públicos por los medios disponibles y, en su caso, a través del la web oficial del Club (www.domincoshockey.com).
Artículo 14.
Cualquier miembro del Club podrá realizar las sugerencias, propuestas o quejas que estime convenientes sin necesidad de esperar a la reunión de la Junta Directiva. A tal efecto el Club pondrá a su disposición su correo electrónico (directiva@dominicoshockey.com), para realizar las reseñadas quejas y sugerencias, sin perjuicio de que puedan realizarse directamente a cualquier miembro de la Junta Directiva.
Artículo 15.
Se reserva a los órganos de dirección del Club establecer requisitos a la hora de admitir nuevos socios.
Artículo 16.
El club podrá realizar actividades internas que serán de participación exclusiva de los socios que se encuentren al corriente de pago en su cuota anual. El Club podrá organizar, además, eventos externos abiertos a la participación de personas no asociadas, indicando expresamente esta condición, y estableciendo, si procede, el importe de las cuotas de participación para éstas.
Artículo 17.
En eventos deportivos el Club será responsable de entregar toda la documentación solicitada a corporaciones, directivas o federaciones que organizan el evento deportivo, además se compromete en proporcionar las mejores condiciones para la preparación y planificación de delegaciones.
Artículo 18.
Los familiares directos en primer grado de consanguinidad de los socios podrán beneficiarse de las promociones que se determine, como asistencia a comidas, reuniones, eventos o desplazamientos colectivos siempre que existan plazas disponibles.
Artículo 19.
El club queda desvinculado de todo tipo de responsabilidad, ante cualquier incidencia, que se pueda derivar en el transcurso de las siguientes
actividades:
1. Actividades deportivas realizadas por socios que no estén enmarcadas dentro del contexto deportivo de la institución
2. Actividades tendentes a organizar todo tipo de eventos en los que el Club intervenga o como organizador o colaborador con otras entidades, tanto en su inicio como finalización de la misma.
3. Toda otra actividad ya sea interna o externa, que sea organizada por el club, para sus socios o terceros en su caso.
4. Así como otras que se puedan derivar de las anteriores, como cualquier incidencia producida en desplazamientos de cualquier tipo, daños que puedan ser causados por socios en instalaciones deportivas u en otro tipo de inmobiliario, de forma intencionada, y cualquier otra incidencia de cualquier índole no observada en el presente reglamento.
Artículo 20.
Los socios del Club Social y deportivo Los Dominicos podrán ser sancionados por el comite de disciplina en los puntos mencionados en el reglamento expuesto al final de este documento
La imposición de sanción disciplinaria se acordará por la Junta Directiva a propuesta de cualquiera de sus miembros. En caso de que la sanción se refiera a un miembro de la directiva está actuará de igual forma que con cualquier otro socio del club, quedando anulados los privilegios de voto del socio amonestado.
Artículo 21.
Se perderá la calidad de socio, sea cual fuera su categoría por una de las causas siguientes:
-Por voluntad del socio, expresada directamente a la Junta Directiva.
-Por dejar sin pagar la cuota anual en el plazo marcado.
-Por incumplimiento de las obligaciones que le imponen Club Social y Deportivo Los Dominicos Club, o por perjuicio moral o material ocasionado al Club.
-Por defunción.
Artículo 22.
Todo socio que sea baja del Club, voluntaria o por expulsión perderá todos los derechos adquiridos.
Artículo 23.
Con la finalidad de poder establecer un cauce de comunicación rápido y fiable entre el Club se insta a todos los socios a que hagan uso de la web oficial del club (www.dominicoshockey.com) donde se dará a conocer toda la información relativa a convocatorias, competiciones y noticias de todo tipo que puedan ser de interés.
Artículo 24.
Esta Normativa está sujeta a posibles modificaciones, mejoras o cambios de cualquiera de sus puntos, dependiendo de la situación económica y deportiva del Club. Cuando se produzcan situaciones no contempladas en esta Normativa, será la Junta Directiva la encargada de proponer una solución a las mismas. Posteriormente, en caso de ser necesario, dichas situaciones podrán añadirse a esta Normativa con el fin de que se integren en su articulado.
Reglamento Deportivo
Comité de Disciplina
Introducción
El Hockey en Línea es un deporte que se practica en Chile desde mediados de los noventa, el cual se mantiene vigente, cada vez más activo el cuál es la práctica que une a los jugadores de Domínicos.
Sabemos bien que este es un deporte muy exigente, rápido, competitivo, amateur, de contacto, a veces de rudez innecesaria, altamente competitivo, por lo cual debe estar bien regulado para permitir el óptimo desempeño en la cancha, con un buen ambiente que permita disfrutar de todos los participantes, desde jugadores hasta espectadores, ya sea en campeonatos de Selección, Internacionales, nacionales, amistosos e inclusive entrenamientos.
Por lo anterior, surge la necesidad del comité de disciplina y su reglamento que se indica en el presente documento.
Este organismo es una dependencia autónoma de cualquier organización exterior a Dominicos, que será utilizado para el comportamiento de sus jugadores en forma interna para todo evento de Hockey en línea indicado en el punto anterior, y extensible si así lo considera la directiva del club, para todos los que participen en campeonatos organizado por Domínicos.
Objetivos del Comité de Disciplina
- Velar por la armonía entre los integrantes del club Social y deportivo los Dominicos, y la buena convivencia con organizaciones, equipos, clubes y jugadores que no pertenezcan al club, con la institución se relacione, esto dentro y fuera de la cancha.
- Velar por la armonía entre los integrantes del club a través de las redes sociales y medios de comunicación multimedia, incluyendo la relación con jugadores, personas e instituciones externas.
- Velar por el desarrollo de un buen ambiente deportivo, y controlar los actos necesarios para promover el deporte y la Buena Conducta Deportiva del Hockey en Línea
- Controlar la aplicación de las reglas del juego según el Reglamento FIRS y Reglamento Interno de Dominicos, incluyendo las de este comité.
- Mediar, resolver y si es necesario sancionar malos comportamientos de los integrantes del Club, y disputas técnicas o reglamentarias que surjan con jugadores, directivos o adeptos de otros Clubes. En el último caso sólo se podrá sancionar al jugador de Dominicos.
- Todo jugador invitado que participe en actividades de Dominicos deberá tomar conocimiento de este reglamento y por el hecho de participar debe aceptar sus deberes como también sus penalidades
- Preparar las modificaciones a los reglamentos cuando se considere necesario
- Informar y mantener vigente el reglamento de disciplina
Funciones del Comité de Disciplina
- Mediar las diferencias que ocurran entre los integrantes del club
- Informarse y tomar acciones de acuerdo al comportamiento de los jugadores en las diferentes competencias que participen, ya sea como equipo de Dominicos, también como participante de un equipo distinto, por ejemplo selección o agrupación.
- Solución de malos comportamientos en la cancha, fuera de la cancha, en medios sociales, canales multimedia, de malos comportamientos de juego, malos comportamientos administrativos, y cualquier comportamiento que comprometa la imagen del club Dominicos o de Selección.
- Actualizar y modificar el reglamento para mantener su vigencia.
- Determinar sanciones
- Mantener en todo momento confidencialidad
- Cuidar que se respente los Protocolos contra el Abuso sexual, Acoso sexual y Maltrato en el Deporte, impartidos por el IND.
Buena Convivencia
- La Buena Conducta Deportiva es el compromiso de jugar de acuerdo a las reglas, respetándose a sí mismo, compañeros de equipo, oponentes, entrenadores y oficiales; aceptando de buena manera decisiones de arbitraje, y cualquier resultado y decisión del juego
- El respeto implica mostrar gran consideración con los demás en todo momento con sus pares, ya sean estos miembros de Dominicos o no lo sean, en la convivencia diaria del club, mientras se juega y al término de las competencias, amistosos y/o entrenamientos.
- El respeto considera aceptar la diversidad de géneros, de raza y de religión, evitando las ofensas asociadas directa o indirectamente a lo indicado anteriormente.
- Hablar educadamente antes, durante y después de los partidos, competencias amistosos y/o entrenamientos, felicitar a los oponentes, escuchar a los entrenadores y respetar los llamados de los oficiales son comportamientos relacionados con la Buena Conducta Deportiva
- Los ganadores deben concretar sus victorias sin humillar a sus oponentes y los perdedores deben aceptar el resultado sin hacer quejar o excusas
- Más adelante se retoma el tema con mayores detalles
- Estatutos del Comité de Disciplina
Artículo 1°. El Comité de Disciplina regulará el comportamiento de los integrantes del Club de Dominicos, y de aquellos jugadores que no pertenezcan al club y que participen en los entrenamientos del Club.
Artículo 2°. El Comité de Disciplina Regulará el comportamiento en los siguientes ámbitos:
- Ámbito Administrativo; el cual regula y sanciona el comportamiento de los directivos del Club, incluyendo aquellos casos que se deleguen funciones a personas que no sean parte de la directiva.
- Ámbito de Convivencia; el cual regula la convivencia y el respeto de entre los miembros del club dominicos, como también con las personas y entidades externas, esto en todo momento y por todo los medios por el cual nos mantenemos comunicados, entre ellos lenguaje verbal, lenguaje corporal (señas), visual, multimedia, entre otros; en todo momento dentro y fuera de la cancha.
- Ámbito de Competencia; regula el comportamiento de los jugadores de dominicos en todo tipo de competencia, y es independiente de los reglamentos de juego y de reglamentos propios de las competencias en las que participemos. Se incluye también el compromiso de un buen comportamiento durante todo tipo de entrenamiento, ya sea interno o externo.
Artículo 3° Respecto de las Penalidades y sanciones:
- Las penalidades o sanciones frente a malos comportamientos que estén cubiertos por este reglamento son inapelables.
- Las penalidades o sanciones frente a malos comportamientos que no estén cubiertos por este reglamento, serán recomendaciones que deberán ser ratificadas por la directiva, y cuando esto ocurra se incorporarán al reglamento.
- Ninguna sanción corresponderá a una multa monetaria, salvo que hayan deudas y cuotas impagas.
- La excepción al punto anterior corresponden a todos aquellos casos que signifiquen apropiarse de los bienes del club de forma indebida, en cuyo caso además de las sanciones propias del club, puedan ser consideradas acciones legales
- Las penalidades que se apliquen serán las siguientes:
- Imposibilidad de Entrenar
- Imposibilidad de participar en partidos amistosos
- Imposibilidad de participar en campeonatos representando a Dominicos
- Imposibilidad de participar en campeonatos por otros equipos o club
- Imposibilidad de participar en cargos administrativos, cargos directivos, cargos referiles, cargos de entrenador.
- Expulsión del Club
Artículo 4°. Los fallos del Comité de Disciplina serán emitidos en un plazo no mayor a quince días hábiles desde ocurrido el incidente. El Comité de Disciplina se reunirá en los días en los cuales se cite a Reunión cuando una situación lo requiera o cuando se considere necesario, en el recinto habilitado para ello y fijado por el Presidente o Secretario del Comité de Disciplina a la hora que determine la institución ya mencionada.
Artículo 5°. En caso de situaciones indisciplinarias con Dirigentes, socios de Clubes y Técnicos, no se podrá imponer ningún fallo en primera instancia, sin que previamente el sancionado sea citado por escrito dentro de los dos días hábiles siguientes a la falta, a declarar ante el Comité de Disciplina. Si el sancionado no se presentara después de dos citaciones, la sanción será aplicada en rebeldía.
Artículo 6°. En el caso de situaciones disciplinarias de jugadores del club, el o los jugadores serán citados para revisar la situación que se haya presentado. La situación podrá ser en un solo evento, o por separado según lo defina el comité de disciplina. Durante el periodo que dure la investigación, acuerdo o citación y hasta que el comité de disciplina haya emitido una sanción, recomendación o finalización del conflicto, el o los jugadores no podrán asistir a entrenamientos, amistosos, partidos o competencias.
Artículo 7°. En caso de situaciones disciplinarias de los jugadores en campeonatos, se entenderá por citado el infractor por el solo hecho de haber sido expulsado y anotado en la planilla de juego por el árbitro al finalizar el encuentro. Si esto ocurriera en un campeonato organizado por Dominicos, y considerando la gravedad de la expulsión el comité tendrá la misión de notificar al jugador de su sanción al terminar el partido.
Artículo 8°. El jugador citado podrá enviar una apelación al Comité en su defensa, vía Carta Certificada, vía email, o solicitar una reunión al Presidente o al Secretario del Comité de Disciplina. Las apelaciones no suspenden los efectos de la sanción aplicada. Cabe señalar que en una apelación las sanciones pueden rebajarse, mantenerse, o aumentarse de acuerdo a los nuevos antecedentes que se presenten en la apelación.
Artículo 9°. Las sanciones administrativas inhabilitan para ser Dirigente, Entrenador, Árbitro, Deportista o tener cualquier actuación relacionada con el Club dominicos, mientras dure esta investigación o cuando no se haya dado sentencia por parte Del Comité de Disciplina.
Artículo 10°. Las faltas cometidas en los anexos de las canchas, serán sancionadas tal como si fueran cometidas en ellas, informadas en planilla de juego por el Director de Turno de la Mesa de Juego, o por el Jefe de Árbitros de la respectiva competencia.
- Reglamento y Comportamientos no Aceptados
Artículo 11°. Mal comportamiento de Juego y expulsión, todo castigo que sea aplicado a un jugador en un partido deberá ser evaluado por el comité de disciplina y sancionado
Artículo 12°. Mal comportamiento de un jugador o directivo en un partido, campeonato o amistoso, aunque no tenga castigo de parte de la organización del partido, campeonato o amistoso, deberá ser evaluado por el comité de disciplina y sancionado.
Artículo 13° No está permitido ofensas o burlas de Género,Raza, Nacionalidad, Política o religión, como tampoco se permite el Bulling, hacia cualquier jugador o persona en el entorno del Club.
Artículo 14° No está permitido ofensas o malos comentarios personales hacia un jugador de cualquier club, incluyendo a sus familiares por cualquier medio de comunicación.
Artículo 15° No están permitidas las peleas, o juego brusco contra compañeros y rivales de juego, directivos o barra presente.
Artículo 16° No está permitido utilizar los medios de comunicación multimedia para discusiones, comentarios ofensivos, comentarios de Género, Raza, Nacionalidad, Política o religión.
Artículo 17° Cualquier agresión será sancionada con la máxima penalidad. En este sentido no existen argumentos para justificar una agresión.
Artículo 18° No está permitido responder a una agresión verbal o física, en este último caso los jugadores deberán abstenerse de participar en peleas, salvo para cuidar de su integridad física pero no para responder.
Artículo 17° Toda deuda de no pago de cuotas del club, o de compromisos económicos, será sancionado. Se consideran casos especiales como enfermedades, cesantía, entre otros. La sanción en este caso deberá cumplir con el rol de un club social, resguardando los compromisos económicos en que incurra Dominicos.
Artículo 18° El manejo inapropiado de los bienes del club, ya sea de sus activos como también de su dinero, significa la remoción inmediata de los cargos directivos. Esto es considerado una sanción grave y no excluye sanciones penales.
Artículo 19° Un jugador que sea sancionado con la salida del club, o que se retire por su propia voluntad, deberá dejar cancelada todas sus deudas. Si no lo hiciere, no podrá ser reintegrado al club. Adicionalmente no se excluye sanciones penales.
Artículo 20° El comportamiento inapropiado de un directivo de un club, dependiendo de su gravedad, podrá significar la remoción del cargo que ejerce. El comportamiento de un directivo del club debe ser ejemplar en todo momento y representar de excelente forma al club.
Artículo 21° El comportamiento de los Capitanes y asistentes de los equipos de Dominicos, como también de sus entrenadores, debe ser ejemplar. En caso contrario podrán ser removidos de sus cargos y/o ser sancionados.
REGLAMENTO INTERNO DE SOCIOS CLUB SOCIAL Y DEPORTIVO LOS DOMINICOS
Con objeto de poder realizar las actividades del Club en sus distintas modalidades, se hace necesario dotar al mismo de un reglamento interno en donde se estipulan de forma clara y sencilla aquellas cuestiones susceptibles de duda y que hasta la fecha no habían sido reguladas. El respeto mutuo entre todos los socios es la base fundamental para llevar a cabo con éxito cualquier actividad. Cada uno ha elegido ser socio del club de forma voluntaria y en base a esa voluntariedad se sabe conocedor del presente reglamento, el cual acata y firma su conformidad.
Todos los socios son iguales en derechos y deberes, independientemente del cargo, función o responsabilidad que ocasionalmente ocupen, por tanto nadie está legitimado, fuera de los cauces legales previstos y salvo lo dispuesto en los estatutos, para censurar o evaluar actuaciones privadas dentro de las actividades que se organicen desde el club.
El presente reglamento pretende crear un conjunto de normas, objetivos, funciones y criterios de funcionamiento del Club Social y deportivo Los Dominicos aplicando lo establecido en los Estatutos de la entidad y en el régimen jurídico correspondiente y actualmente en vigor.
La creación de un ambiente agradable y disciplinado dentro del Club nos permitirá un aumento satisfactorio en el desarrollo de las personas que componen el Colectivo, en su formación físico-deportiva, técnica y organizativa.
Corresponde al Club, a través de su Junta Directiva, resolver la interpretación y todas aquellas cuestiones que no se encuentren previstas en el presente Reglamento de Régimen Interno. El presente reglamento contiene las condiciones, requisitos y circunstancias en que se desarrollará la actividad del Club, en lo no previsto en sus Estatutos. Por otro lado, está sujeto a las modificaciones, rectificaciones o añadidos que aconsejen las circunstancias que se deriven de su puesta en funcionamiento, debiendo ser aprobados en estos casos por la Junta Directiva.
Por último el Club ha sido constituido como organización deportiva bajo la normativa del Instituto Nacional del Deporte, por lo que este reglamento no hará referencia a el funcionamiento que esta entidad sugiere en términos orgánica , directiva, y funcionamiento de la institución.
1 General:
Artículo 1.
El presente Reglamento de Régimen Interno tiene por objeto regular la organización y funcionamiento interno del Club Social y Deportivo Los Dominicos, dentro del marco constituido por la legislación deportiva vigente que le resulta de aplicación y con sujeción plena a lo establecido en sus Estatutos.
Artículo 2.
El presente Reglamento será de aplicación para todos los asociados, los cuales se comprometen a conocer, cumplir y hacer cumplir.
Derechos y Deberes Socios:
Artículo 3.
Los socios tienen derecho a:
- Contribuir y participar en todas las actividades organizadas por el club, o en las que éste participe como tal.
- Conocer las actividades del club y examinar la documentación, previa petición al Presidente.
- Beneficiarse de las actividades, eventos y convenios que ofrezca que serán oportunamente publicitadas. Estos beneficios son exclusivos de cada socio, no pudiendo cederlos a otro socio o cualquier otra persona
- Participar en todas las reuniones del club, excepto en aquellas en las que sólo participe la Junta Directiva, así como a exponer libremente su opinión en el seno del club.
Artículo 4.
Los socios del Club están obligados a:
- 1. Acatar los estatutos del Club y las disposiciones dictadas por la Junta Directiva para el correcto funcionamiento del Club.
- 2. Los socios deben aportar la cuota económica fijada por el Club. Para ayudar al desarrollo y correcto funcionamiento de sus actividades.
- 3. Deben colaborar con los representantes de la Junta Directiva en cuestiones puntuales y de apoyo a los socios.
- 4. Aceptaran y se harán cargo de las decisiones que tome la Junta Directiva, y valorarán la dificultad que tiene la misma para tomar decisiones complicadas.
- 5. Deben dar siempre una imagen del Club fiel y acorde con la realidad deportiva y económica, comprendiendo su problemática.
- 6. Defender los intereses del Club en todo momento, evitando siempre las discrepancias con el mismo fuera de las reuniones de la Junta Directiva o la Asamblea.
- 7. Contribuir al sostenimiento y difusión de cualquier expresión del deporte principal de este club: El Hockey en línea.
- 8. Colaborar activamente en la organización de las actividades oficiales del club, bien sean de carácter exclusivo de los socios o bien en las dirigidas para otro tipo de público.
- 9. Colaborar en aquellas iniciativas que tome el club para la recaudación de fondos.
- 10. Comunicar a la Junta Directiva cualquier cambio personal (teléfono, email, domicilio, etc.) que afecte a la comunicación entre el club y el socio.
Artículo 5.
Los socios asumen el compromiso de contribuir a la buena imagen del Club, así como del resto de colaboradores y patrocinadores que sustentan el Club, y no podrán actuar de forma que generen perjuicio, económico o de otro tipo, a los mismos, especialmente haciendo publicidad negativa.
Artículo 6.
Al objeto de contribuir al sostenimiento de los gastos del Club, la Junta Directiva establecerá una cuota de socio de $5000 pesos chilenos mensuales. Esta cuota social deberá ser pagada vía transferencia bancaria al número de cuenta facilitado por el club.
Artículo 7.
El no ingreso de la cuota implica que no podrá participar en los eventos que organice el club, ni beneficiarse de ventajas que el club pueda ofertar entre sus socios. La falta de ingreso de la citada cuota a lo largo de todo el periodo que comprende la temporada establecida anteriormente, será entendida como renuncia a la condición de socio y, por tanto, supondrá su baja en el Club.
Articulo 8.
El pago de la cuota incluye la tramitación de la licencia federativa a través de la FNHL casos excepcionales aprobados por la Junta Directiva.
Competencia:
Artículo 9.
El club nace con el propósito de incentivar la actividad del Hockey en línea tanto en instancias nacionales como Internacionales. Por este motivo siempre está abierto participar en toda competencia que garanticen la deportividad, el respeto y la camaradería. Estas instancias pueden ser sugeridas o propuestas por cualquier socio, pero deberán ser aprobadas por la Junta directiva.
Artículo 10.
Para eventos o competiciones aprobadas por la institución:
Podrán participar todos los socios activos, que no posean deudas a la institución. Los interesados en asistir deberán siempre registrarse como miembros del Equipo Club Social y Deportivo Los Dominicos, y conformar la delegación deportiva presente en competición.
El pago de la cuota establecida para poder participar en la prueba será responsabilidad de cada socio, esta deberá ser transferida al club, este realizará la inscripción de la nómina al organizador del evento.
Artículo 12.
Para eventos o competiciones fuera de la institución:
Los socios activos del club deberán informar su participación, teniendo en cuenta que esta puede estar sujeta a alguna observación, o reparo. Lo importante es que esta acción no entren en conflicto con otras competencias,
El club no será responsable por deudas o castigos deportivos que el jugador reciba mientras participa por fuera de la institucionalidad. A pesar de esto aún está sujeto al reglamento del club por lo que puede ser sancionado por el Comité de disciplina.
Es Importante destacar que todo socio siempre estará sujeto al reglamento disciplinario del club.
Artículo 11.
Todos los socios se comprometen a utilizar el equipamiento oficial del club en todas las competiciones y pruebas en las que se participe en su representación.
El socio tendrá prohibido el uso total o parcial del uniforme del club, en partidos, eventos o premiaciones que el club no tenga participación oficial.
Compromisos asumidos por el Club:
Articulo 13.
El Club podrá llegar a acuerdos con empresas o entidades al objeto de favorecer la adquisición de productos o la utilización de espacios o servicios a los miembros del Club. El contenido de estos acuerdos deberán hacerse públicos por los medios disponibles y, en su caso, a través del la web oficial del Club (www.domincoshockey.com).
Artículo 14.
Cualquier miembro del Club podrá realizar las sugerencias, propuestas o quejas que estime convenientes sin necesidad de esperar a la reunión de la Junta Directiva. A tal efecto el Club pondrá a su disposición su correo electrónico (directiva@dominicoshockey.com), para realizar las reseñadas quejas y sugerencias, sin perjuicio de que puedan realizarse directamente a cualquier miembro de la Junta Directiva.
Artículo 15.
Se reserva a los órganos de dirección del Club establecer requisitos a la hora de admitir nuevos socios.
Artículo 16.
El club podrá realizar actividades internas que serán de participación exclusiva de los socios que se encuentren al corriente de pago en su cuota anual. El Club podrá organizar, además, eventos externos abiertos a la participación de personas no asociadas, indicando expresamente esta condición, y estableciendo, si procede, el importe de las cuotas de participación para éstas.
Artículo 17.
En eventos deportivos el Club será responsable de entregar toda la documentación solicitada a corporaciones, directivas o federaciones que organizan el evento deportivo, además se compromete en proporcionar las mejores condiciones para la preparación y planificación de delegaciones.
Artículo 18.
Los familiares directos en primer grado de consanguinidad de los socios podrán beneficiarse de las promociones que se determine, como asistencia a comidas, reuniones, eventos o desplazamientos colectivos siempre que existan plazas disponibles.
Artículo 19.
El club queda desvinculado de todo tipo de responsabilidad, ante cualquier incidencia, que se pueda derivar en el transcurso de las siguientes
actividades:
1. Actividades deportivas realizadas por socios que no estén enmarcadas dentro del contexto deportivo de la institución
2. Actividades tendentes a organizar todo tipo de eventos en los que el Club intervenga o como organizador o colaborador con otras entidades, tanto en su inicio como finalización de la misma.
3. Toda otra actividad ya sea interna o externa, que sea organizada por el club, para sus socios o terceros en su caso.
4. Así como otras que se puedan derivar de las anteriores, como cualquier incidencia producida en desplazamientos de cualquier tipo, daños que puedan ser causados por socios en instalaciones deportivas u en otro tipo de inmobiliario, de forma intencionada, y cualquier otra incidencia de cualquier índole no observada en el presente reglamento.
Artículo 20.
Los socios del Club Social y deportivo Los Dominicos podrán ser sancionados por el comite de disciplina en los puntos mencionados en el reglamento expuesto al final de este documento
La imposición de sanción disciplinaria se acordará por la Junta Directiva a propuesta de cualquiera de sus miembros. En caso de que la sanción se refiera a un miembro de la directiva está actuará de igual forma que con cualquier otro socio del club, quedando anulados los privilegios de voto del socio amonestado.
Artículo 21.
Se perderá la calidad de socio, sea cual fuera su categoría por una de las causas siguientes:
-Por voluntad del socio, expresada directamente a la Junta Directiva.
-Por dejar sin pagar la cuota anual en el plazo marcado.
-Por incumplimiento de las obligaciones que le imponen Club Social y Deportivo Los Dominicos Club, o por perjuicio moral o material ocasionado al Club.
-Por defunción.
Artículo 22.
Todo socio que sea baja del Club, voluntaria o por expulsión perderá todos los derechos adquiridos.
Artículo 23.
Con la finalidad de poder establecer un cauce de comunicación rápido y fiable entre el Club se insta a todos los socios a que hagan uso de la web oficial del club (www.dominicoshockey.com) donde se dará a conocer toda la información relativa a convocatorias, competiciones y noticias de todo tipo que puedan ser de interés.
Artículo 24.
Esta Normativa está sujeta a posibles modificaciones, mejoras o cambios de cualquiera de sus puntos, dependiendo de la situación económica y deportiva del Club. Cuando se produzcan situaciones no contempladas en esta Normativa, será la Junta Directiva la encargada de proponer una solución a las mismas. Posteriormente, en caso de ser necesario, dichas situaciones podrán añadirse a esta Normativa con el fin de que se integren en su articulado.
Reglamento Deportivo
Comité de Disciplina
Introducción
El Hockey en Línea es un deporte que se practica en Chile desde mediados de los noventa, el cual se mantiene vigente, cada vez más activo el cuál es la práctica que une a los jugadores de Domínicos.
Sabemos bien que este es un deporte muy exigente, rápido, competitivo, amateur, de contacto, a veces de rudez innecesaria, altamente competitivo, por lo cual debe estar bien regulado para permitir el óptimo desempeño en la cancha, con un buen ambiente que permita disfrutar de todos los participantes, desde jugadores hasta espectadores, ya sea en campeonatos de Selección, Internacionales, nacionales, amistosos e inclusive entrenamientos.
Por lo anterior, surge la necesidad del comité de disciplina y su reglamento que se indica en el presente documento.
Este organismo es una dependencia autónoma de cualquier organización exterior a Dominicos, que será utilizado para el comportamiento de sus jugadores en forma interna para todo evento de Hockey en línea indicado en el punto anterior, y extensible si así lo considera la directiva del club, para todos los que participen en campeonatos organizado por Domínicos.
Objetivos del Comité de Disciplina
- Velar por la armonía entre los integrantes del club Social y deportivo los Dominicos, y la buena convivencia con organizaciones, equipos, clubes y jugadores que no pertenezcan al club, con la institución se relacione, esto dentro y fuera de la cancha.
- Velar por la armonía entre los integrantes del club a través de las redes sociales y medios de comunicación multimedia, incluyendo la relación con jugadores, personas e instituciones externas.
- Velar por el desarrollo de un buen ambiente deportivo, y controlar los actos necesarios para promover el deporte y la Buena Conducta Deportiva del Hockey en Línea
- Controlar la aplicación de las reglas del juego según el Reglamento FIRS y Reglamento Interno de Dominicos, incluyendo las de este comité.
- Mediar, resolver y si es necesario sancionar malos comportamientos de los integrantes del Club, y disputas técnicas o reglamentarias que surjan con jugadores, directivos o adeptos de otros Clubes. En el último caso sólo se podrá sancionar al jugador de Dominicos.
- Todo jugador invitado que participe en actividades de Dominicos deberá tomar conocimiento de este reglamento y por el hecho de participar debe aceptar sus deberes como también sus penalidades
- Preparar las modificaciones a los reglamentos cuando se considere necesario
- Informar y mantener vigente el reglamento de disciplina
Funciones del Comité de Disciplina
- Mediar las diferencias que ocurran entre los integrantes del club
- Informarse y tomar acciones de acuerdo al comportamiento de los jugadores en las diferentes competencias que participen, ya sea como equipo de Dominicos, también como participante de un equipo distinto, por ejemplo selección o agrupación.
- Solución de malos comportamientos en la cancha, fuera de la cancha, en medios sociales, canales multimedia, de malos comportamientos de juego, malos comportamientos administrativos, y cualquier comportamiento que comprometa la imagen del club Dominicos o de Selección.
- Actualizar y modificar el reglamento para mantener su vigencia.
- Determinar sanciones
- Mantener en todo momento confidencialidad
- Cuidar que se respente los Protocolos contra el Abuso sexual, Acoso sexual y Maltrato en el Deporte, impartidos por el IND.
Buena Convivencia
- La Buena Conducta Deportiva es el compromiso de jugar de acuerdo a las reglas, respetándose a sí mismo, compañeros de equipo, oponentes, entrenadores y oficiales; aceptando de buena manera decisiones de arbitraje, y cualquier resultado y decisión del juego
- El respeto implica mostrar gran consideración con los demás en todo momento con sus pares, ya sean estos miembros de Dominicos o no lo sean, en la convivencia diaria del club, mientras se juega y al término de las competencias, amistosos y/o entrenamientos.
- El respeto considera aceptar la diversidad de géneros, de raza y de religión, evitando las ofensas asociadas directa o indirectamente a lo indicado anteriormente.
- Hablar educadamente antes, durante y después de los partidos, competencias amistosos y/o entrenamientos, felicitar a los oponentes, escuchar a los entrenadores y respetar los llamados de los oficiales son comportamientos relacionados con la Buena Conducta Deportiva
- Los ganadores deben concretar sus victorias sin humillar a sus oponentes y los perdedores deben aceptar el resultado sin hacer quejar o excusas
- Más adelante se retoma el tema con mayores detalles
- Estatutos del Comité de Disciplina
Artículo 1°. El Comité de Disciplina regulará el comportamiento de los integrantes del Club de Dominicos, y de aquellos jugadores que no pertenezcan al club y que participen en los entrenamientos del Club.
Artículo 2°. El Comité de Disciplina Regulará el comportamiento en los siguientes ámbitos:
- Ámbito Administrativo; el cual regula y sanciona el comportamiento de los directivos del Club, incluyendo aquellos casos que se deleguen funciones a personas que no sean parte de la directiva.
- Ámbito de Convivencia; el cual regula la convivencia y el respeto de entre los miembros del club dominicos, como también con las personas y entidades externas, esto en todo momento y por todo los medios por el cual nos mantenemos comunicados, entre ellos lenguaje verbal, lenguaje corporal (señas), visual, multimedia, entre otros; en todo momento dentro y fuera de la cancha.
- Ámbito de Competencia; regula el comportamiento de los jugadores de dominicos en todo tipo de competencia, y es independiente de los reglamentos de juego y de reglamentos propios de las competencias en las que participemos. Se incluye también el compromiso de un buen comportamiento durante todo tipo de entrenamiento, ya sea interno o externo.
Artículo 3° Respecto de las Penalidades y sanciones:
- Las penalidades o sanciones frente a malos comportamientos que estén cubiertos por este reglamento son inapelables.
- Las penalidades o sanciones frente a malos comportamientos que no estén cubiertos por este reglamento, serán recomendaciones que deberán ser ratificadas por la directiva, y cuando esto ocurra se incorporarán al reglamento.
- Ninguna sanción corresponderá a una multa monetaria, salvo que hayan deudas y cuotas impagas.
- La excepción al punto anterior corresponden a todos aquellos casos que signifiquen apropiarse de los bienes del club de forma indebida, en cuyo caso además de las sanciones propias del club, puedan ser consideradas acciones legales
- Las penalidades que se apliquen serán las siguientes:
- Imposibilidad de Entrenar
- Imposibilidad de participar en partidos amistosos
- Imposibilidad de participar en campeonatos representando a Dominicos
- Imposibilidad de participar en campeonatos por otros equipos o club
- Imposibilidad de participar en cargos administrativos, cargos directivos, cargos referiles, cargos de entrenador.
- Expulsión del Club
Artículo 4°. Los fallos del Comité de Disciplina serán emitidos en un plazo no mayor a quince días hábiles desde ocurrido el incidente. El Comité de Disciplina se reunirá en los días en los cuales se cite a Reunión cuando una situación lo requiera o cuando se considere necesario, en el recinto habilitado para ello y fijado por el Presidente o Secretario del Comité de Disciplina a la hora que determine la institución ya mencionada.
Artículo 5°. En caso de situaciones indisciplinarias con Dirigentes, socios de Clubes y Técnicos, no se podrá imponer ningún fallo en primera instancia, sin que previamente el sancionado sea citado por escrito dentro de los dos días hábiles siguientes a la falta, a declarar ante el Comité de Disciplina. Si el sancionado no se presentara después de dos citaciones, la sanción será aplicada en rebeldía.
Artículo 6°. En el caso de situaciones disciplinarias de jugadores del club, el o los jugadores serán citados para revisar la situación que se haya presentado. La situación podrá ser en un solo evento, o por separado según lo defina el comité de disciplina. Durante el periodo que dure la investigación, acuerdo o citación y hasta que el comité de disciplina haya emitido una sanción, recomendación o finalización del conflicto, el o los jugadores no podrán asistir a entrenamientos, amistosos, partidos o competencias.
Artículo 7°. En caso de situaciones disciplinarias de los jugadores en campeonatos, se entenderá por citado el infractor por el solo hecho de haber sido expulsado y anotado en la planilla de juego por el árbitro al finalizar el encuentro. Si esto ocurriera en un campeonato organizado por Dominicos, y considerando la gravedad de la expulsión el comité tendrá la misión de notificar al jugador de su sanción al terminar el partido.
Artículo 8°. El jugador citado podrá enviar una apelación al Comité en su defensa, vía Carta Certificada, vía email, o solicitar una reunión al Presidente o al Secretario del Comité de Disciplina. Las apelaciones no suspenden los efectos de la sanción aplicada. Cabe señalar que en una apelación las sanciones pueden rebajarse, mantenerse, o aumentarse de acuerdo a los nuevos antecedentes que se presenten en la apelación.
Artículo 9°. Las sanciones administrativas inhabilitan para ser Dirigente, Entrenador, Árbitro, Deportista o tener cualquier actuación relacionada con el Club dominicos, mientras dure esta investigación o cuando no se haya dado sentencia por parte Del Comité de Disciplina.
Artículo 10°. Las faltas cometidas en los anexos de las canchas, serán sancionadas tal como si fueran cometidas en ellas, informadas en planilla de juego por el Director de Turno de la Mesa de Juego, o por el Jefe de Árbitros de la respectiva competencia.
- Reglamento y Comportamientos no Aceptados
Artículo 11°. Mal comportamiento de Juego y expulsión, todo castigo que sea aplicado a un jugador en un partido deberá ser evaluado por el comité de disciplina y sancionado
Artículo 12°. Mal comportamiento de un jugador o directivo en un partido, campeonato o amistoso, aunque no tenga castigo de parte de la organización del partido, campeonato o amistoso, deberá ser evaluado por el comité de disciplina y sancionado.
Artículo 13° No está permitido ofensas o burlas de Género,Raza, Nacionalidad, Política o religión, como tampoco se permite el Bulling, hacia cualquier jugador o persona en el entorno del Club.
Artículo 14° No está permitido ofensas o malos comentarios personales hacia un jugador de cualquier club, incluyendo a sus familiares por cualquier medio de comunicación.
Artículo 15° No están permitidas las peleas, o juego brusco contra compañeros y rivales de juego, directivos o barra presente.
Artículo 16° No está permitido utilizar los medios de comunicación multimedia para discusiones, comentarios ofensivos, comentarios de Género, Raza, Nacionalidad, Política o religión.
Artículo 17° Cualquier agresión será sancionada con la máxima penalidad. En este sentido no existen argumentos para justificar una agresión.
Artículo 18° No está permitido responder a una agresión verbal o física, en este último caso los jugadores deberán abstenerse de participar en peleas, salvo para cuidar de su integridad física pero no para responder.
Artículo 17° Toda deuda de no pago de cuotas del club, o de compromisos económicos, será sancionado. Se consideran casos especiales como enfermedades, cesantía, entre otros. La sanción en este caso deberá cumplir con el rol de un club social, resguardando los compromisos económicos en que incurra Dominicos.
Artículo 18° El manejo inapropiado de los bienes del club, ya sea de sus activos como también de su dinero, significa la remoción inmediata de los cargos directivos. Esto es considerado una sanción grave y no excluye sanciones penales.
Artículo 19° Un jugador que sea sancionado con la salida del club, o que se retire por su propia voluntad, deberá dejar cancelada todas sus deudas. Si no lo hiciere, no podrá ser reintegrado al club. Adicionalmente no se excluye sanciones penales.
Artículo 20° El comportamiento inapropiado de un directivo de un club, dependiendo de su gravedad, podrá significar la remoción del cargo que ejerce. El comportamiento de un directivo del club debe ser ejemplar en todo momento y representar de excelente forma al club.
Artículo 21° El comportamiento de los Capitanes y asistentes de los equipos de Dominicos, como también de sus entrenadores, debe ser ejemplar. En caso contrario podrán ser removidos de sus cargos y/o ser sancionados.